Oficina de Pasaportes Santander
¿Debo llevar foto para el trámite del pasaporte?
No. El día de la cita el funcionario de la Oficina de Pasaportes le tomará la fotografía, no se permite tener ningún tipo de joya del cuello hacia arriba.
¿Por qué los documentos solicitados deben estar en buen estado?
Cada uno de los documentos solicitados para la expedición del pasaporte son escaneados y quedan en el chip que trae el Pasaporte por lo que deben estar en buen estado, legibles y limpios. De lo contrario no se podrá llevar a cabo el trámite.
¿Puede un menor de edad realizar el trámite del pasaporte solo?
No. Todo menor de edad debe ir acompañado por uno de sus dos padres al momento de realizar el trámite del pasaporte, quien actuará como apoderado y será responsable de realizar la recepción del pasaporte con autenticación biométrica.
¿Puede un menor realizar el trámite sin registro civil?
El registro civil es un documento obligatorio para el trámite del pasaporte en los menores de edad, por lo que así cuente con tarjeta de identidad, debe llevar el día de la cita toda la documentación requerida entre ella el registro civil.
¿Qué debo llevar si soy colombiano nacionalizado (por adopción o porque alguno de mis padres es colombiano)?
Para las personas mayores de edad nacionalizadas, necesario los siguientes documentos:
- Cédula de ciudadanía colombiana
- Registro civil fiel copia de Folio (Firmado por registrador o notario)
- Cédula al 150 % del padre que le da la nacionalidad (si es colombiano de nacimiento)
- Si el padre también es nacionalizado: el registro civil fiel copia del original del padre y cedula al 150% del abuelo colombiano que da nacionalidad
Nota: la cadena de documentos se debe seguir hasta que se llegue al ciudadano colombiano que da la nacionalidad.
¿Qué se debe hacer si los padres del menor de edad no se encuentran en el lugar del trámite?
Si los padres están ausentes del lugar del trámite, podrán dar autorización a un tercero para efectuar la solicitud del menor, cumpliendo con lo siguiente:
- Registro civil de defunción original tomado del folio, en caso que uno de los padres del menor haya fallecido.
- Poder especial otorgado por los dos padres a un tercero, debidamente autenticado ante notario público o juez.
- En el exterior ante consulado o en el exterior donde no exista consulado de Colombia ante la autoridad competente del lugar, el cual debe ser debidamente apostillado o legalizado según sea el caso y traducido al español mediante traductor oficial, allegando copia de los documentos de identidad de los padres, para que éste, adelante el trámite en compañía del menor.
- El poder debe venir dirigido a la Oficina de Pasaportes Santander. Debe contener nombres completos y apellidos tal como aparecen en el documento de identidad y numero de documento de los padres, la persona autorizada y el menor de edad. Indicar que se autoriza para realizar todos los trámites relacionados con la expedición y entrega del pasaporte.