Inscripción de dignatarios de las organizaciones comunales de primero y segundo grado
Encuentra los trámites de la autoridad.
Trámite
Parcialmente en líneaDependencia:
Secretaria del interior
Reconocimiento de los dignatarios de las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociación de Juntas de Acción Comunal, que hayan sido elegidos para el desempeño de cargos en los órganos de dirección, administración, vigilancia, conciliación y representación.
Organizaciones
Inscripción
Casa de Participación Ciudadana, CR 25 # 24 - 26
Teléfono: (7) 6343687 - 1138,(7) 6343687
Hora de atención:
Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12 m. / 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Responsable: Secretaría del interior
Tiempo de respuesta: 15 días hábiles
Requiere Pago: No
Costo:
No requiere pago
Para realizar el trámite debes seguir los siguientes pasos
- Reunir los documentos necesarios para realizar el trámite
Solicitud escrita de inscripción de dignatarios: 1 Original(es)
Anotaciones adicionales: Esta solicitud debe estar firmada por el presidente y/o secretario electos
Acta de Asamblea General: 1 Copia(s)
Anotaciones adicionales: En la que fueron elegidos los dignatarios o en su defecto acta de elección directa, suscrita por el Presidente y Secretario de la misma y por los miembros del Tribunal de Garantías
Listado de asistentes a la Asamblea General o de votantes en caso de elección directa: 1 Original(es)
Planchas o listas presentadas: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones adicionales: Donde se relacionen los aspirantes a cargos de dignatarios
Programa de trabajo inscrito por cada plancha o lista: 1 Fotocopia(s)
Para la elección de los organismos de acción comunal de segundo, tercero y cuarto grado
Certificación que acredite la calidad de delegado: 1 Original(es)
Anotaciones adicionales: Expedida por la respectiva dependencia estatal de inspección, control y vigilancia
- Radicar documentos en los puntos de atención
Anotaciones
Inscripción de los dignatarios de organismos comunales, que se obtiene en 15 Día(s) - hábil(es)
Documentos legales:
- Decreto 890 de 2008, (Artículo 18)
- Circular 09156 de 2010, (Todos)
- Ley 753 de 2002, (Todos)
- Ley 743 de 2002, (Artículos 30-35,63 - 64 )
- Decreto 2350 de 2003, (Artículos 25 numeral 4, 26)
- Documento técnico Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 38)