Sobretasa departamental a la gasolina motor
Encuentra los trámites de la autoridad.
Trámite
Parcialmente en líneaDependencia:
Secretaría de hacienda
Declaración y pago que se genera por el consumo de gasolina motor extra y corriente nacional o importada, en la jurisdicción del departamento. Los responsables son los distribuidores mayoristas, los productores e importadores, los transportadores y expendedores al detal cuando no puedan justificar debidamente la procedencia de la gasolina que transporten o expendan y los distribuidores minoristas.
Ciudadanos
Extranjeros
Organizaciones
Secretaria de Hacienda, CL 37 # 10 - 30, OF 213
Teléfono: (7) 6339666
Hora de atención:
Lunes a Viernes de 7:30am a 12:00m y de 2:00pm a 6:00pm
Responsable: Secretaría de hacienda
Requiere Pago: Si
Costo:
Realizar el pago
Descripción |
Tipo Moneda |
Tipo Valor |
Cantidad |
Valor |
Cancelar la liquidación del impuesto generado |
Pesos ($) |
AVALUO_LIQUIDACION |
0 |
Información medios de pago
Entidad recaudadora |
Tipo cuenta |
Numero de Cuenta |
Nombre de Cuenta |
Codigo de Recaudo |
Banco de Occidente |
AHORROS |
650833767 |
Reunir los documentos necesarios para realizar el trámite
Declaracion de la sobretasa departamental a la gaoslina motor
Cedula de ciudadanía: (1) Fotocopia legible
Anotaciones
Canal de atención
Radicar la declaración de la sobretasa a la gasolina motor adjuntando la documentación requerida en el Grupo de Gestión de Ingreso
Documentos legales:
- Ley 788 de 2002, (Artículos 55, 56)
- Ley 488 de 1998, (Artículos 117-126)
- Decreto 1505 de 2002, (Artículos 4, 6)
- Decreto 2653 de 1998, (Artículos 3,4)